• Autor del texto – Antonio Cuadra
  • Autor de fotos – Moto125.cc
  • Fecha – 02/05/2013

Club Previsión MSI En la edición XVII del Club de Previsión de las 2 Ruedas organizado por MSI Sistemas de Inteligencia del Mercado, Pedro J. Díez, Responsable de Movilidad Segura y Medio Ambiente de Anesdor, explicó las nuevas clasificaciones de vehículos de dos o tres ruedas, agrupadas ahora bajo la categoría L.

Todo ello se encuentra detallado en el Reglamento 168/2013 publicado el pasado 2 de marzo en el diario Oficial de la Unión Europea.

El objetivo de este nuevo Reglamento es unificar las 14 diferentes Directivas que se están aplicando en distintos países miembros de la Unión Europea, en un solo Reglamento Europeo, con 3 actos delegados (REPPR Mediomabiente, RVFSR Seguridad y RVCR Construcción) y 1 acto de aplicación (RAR Requisitos administrativos).

Las distintas divisiones de la categoría L quedan establecidas de la siguiente manera:

Categoría

Denominación categoría

Subcategoría

Denominación subcategoría

L1e

Vehículo de motor de 2 ruedas ligero

L1e-A

Ciclo de Motor (bicicletas de pedalada asistida)

L1e-B

Ciclomotor 2 ruedas

L2e

Ciclomotor de 3 ruedas

L2e-P

Ciclomotor 3 ruedas para el transporte de pasajeros

L2e-U

Ciclomotor 3 ruedas para el transporte de mercancías

L3e

Motocicleta de 2 ruedas

L3e-A1

Motocicleta prestaciones bajas

L3e-A2

Motocicleta prestaciones medias

L3e-A3

Motocicleta prestaciones altas

L3e-AxE

Motocicleta de enduro

L3e-AxT

Motocicleta de trial

L4e

Motocicleta de 2 ruedas con sidecar

 

 

L5e

Triciclo de motor

L5eA

Triciclo de motor para el transporte de pasajeros

L5eB

Triciclo de motor para el transporte de mercancías

L6e

Cuatriciclo ligero

L6e-A

Cuatrimóvil ligero para carretera

L6e-BU

Cuatrimóvil ligero para el transporte de mercancías

L6e-BP

Cuatrimóvil ligero para el transporte de pasajeros

L7e

Cuatriciclo pesado

L7e-A1

Quad pesado para carretera <15 kW

L7e-A2

Quad pesado para carretera >15 kW

L7e-B1

Quad todo terreno pesado

L7e-B2

Quad todo terreno pesado (con asientos yuxtapuestos “side-by-side”)

L7e-CU

Cuatrimóvil pesado para el transporte de mercancías

L7e-CP

Cuatrimóvil pesado para el transporte de pasajeros

(x: 1, 2 ó 3)

Obviamente, las motos y scooters corresponden a la categoría L3e, y particularmente los modelos de convalidación que se pueden conducir con el carnet A1 o de coche B1 están englobados en la subcategoría L3e-A1. Reconocemos en esta clasificación la subcategoría L5e-A correspondiente a los triciclos de motor (no motocarros, L5e-B), los ciclomotores de 2 ruedas L1e-B con velocidad máxima de 45 km/h.

Otro punto interesante del nuevo Reglamento se encuentra en el Apéndice VIII en el asunto “Instalación obligatoria de sistemas avanzados de frenado”. En el se especifica que las motos o scooters de hasta 125 cc (L3e-A1) “contarán con un sistema de frenado antibloqueo y/o un sistema de frenado combinado”, mientras que para las motos y scooters de más de 125 cc (L3e-A2 y L3e-A3) será obligatorio el ABS. Los únicos modelos para los que no se les exige serán los de enduro (L3e-A1E, L3e-A2E y L3e-A3E) y trial (L3e-A1T, L3e-A2T y L3e-A3T); para acogerse a esta clasificación, las motos de enduro y trial estarán homologadas para una sola plaza entre otros detalles. Es de imaginar que los modelos de trail con ABS se les podrá desconectar el sistema antibloqueo para su uso offroad. En ningún caso se especifica si el sistema ABS es de un solo canal (rueda delantera), dos canales (rueda delantera y rueda trasera) o tres canales (rueda delantera y rueda delantera/trasera combinada). Para nuevos tipos de vehículos (nuevas homologaciones) se exigirá el ABS (o el freno combinado en hasta 125 cc) desde el 1 de enero de 2016.

Club Previsión MSI

Futuro Reglamento General de Circulación

Así mismo, Pedro J. Díez nos adelantó las novedades que incluirá el futuro Reglamento General de Circulación (modificación del RD 1428/2003) y en las que ha intervenido Anesdor. De este Reglamento se contemplan las siguientes novedades:

 

  • Pasajeros en ciclomotores y motocicletas (edad mínima 12 años o 7 si el que conduce es tutor o progenitor)
  • Uso de remolques en motocicletas, ciclomotores y triciclos
  • Uso de dispositivos de telefonía, orientación o navegación en cascos (permitido a conductores de motocicleta para dispositivo integrado en casco y homologado)
  • Utilización de los arcenes con ciclomotores
  • Velocidades máximas en vías interurbanas
  • Velocidades máximas en vías urbanas y travesías
  • Adelantamiento hasta línea de retención del semáforo y zonas de espera adelantada reservadas para motocicletas
  • Cascos y otros elementos de protección (el modelo “quitamultas” desaparecerá)
  • Menos pintura en marcas de paso de peatones y semáforos

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